Esta página usa los cookies para brindarte una mejor experiencia.Continuando con la navegación aceptas la utilización de los cookies por parte de nosotros. OK

Preguntas frecuentes

 

Preguntas frecuentes

A fin de que la iniciativa de la citas a través de la página web resulte tan exitosa como todos esperamos, señalamos a continuación algunas reglas que se deberán observar:

  • la solicitud de cita debe ser hecha directamente por el interesado. El Consulado se reserva la potestad de verificar la dirección de correo electrónico y el IP de quien efectúa la cita online. Las reservas efectuadas por “terceros”, gestores o intermediarios serán rechazadas;
  • la fecha y hora de la cita, que serán elegidos libremente por el interesado, son taxativas y no se admitirán demoras. Si el interesado no puede presentarse en la fecha preestablecida, podrá cancelar la cita con un mínimo de 24 horas de anticipación;
  • recordamos la necesidad de asegurarse de que la documentación a presentar esté completa, y acompañada por el pago correspondiente del servicio para efectuarse en las Oficinas del Banco de Occidente.

Es posible que el usuario no encuentre fechas disponibles porque ya las encuentra de color rojo, porque ya ocupadas, o las encuentra de color negro, porque el sistema todavía no las ha abiertas.
En este caso, el usuario debe intentar nuevamente buscando una fecha disponible en los próximos 30 días.
Adicionalmente, el sistema pone permanentemente a disposición fechas libres de usuarios que no han confirmado su cita.
De tal manera los usuarios podrán encontrar citas disponibles.

La eventual indisponibilidad de citas no se debe a inconvenientes técnicos, se agotan rápidamente los cupos disponibles al momento de la apertura del primer día útil en el intervalo de calendario (30 días).

En cualquier caso, la cita NO se obtiene contactando, telefónicamente o por correo electrónico, la Embajada.

La ciudadanía italiana se basa en el principio del “ius sanguinis” (derecho de sangre) por el cual el hijo nacido de padre o madre italiana es ciudadano italiano; sin embargo hay que tener presente que la madre ciudadana trasmite la ciudadanía a los hijos solo a partir del 1° de enero de 1948.

Para obtener el reconocimiento de la ciudadanía italiana es necesario presentar una solicitud utilizando el correspondiente formulario según el procedimiento indicado en el mismo. Podrán presentar la solicitud solo aquellas personas que sean residentes en Colombia que, además de la cédula de identidad colombiana así lo prueben debidamente (cédula de extranjería colombiana).

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO PRESENTAR?

  1. Partida de nacimiento del ascendiente que da origen al trámite de reconocimiento de la ciudadanía, expedido por el Municipio del lugar de nacimiento ( las direcciones de los Muni cipios podrán ubicarse en el sitio www.comuni.it). En caso que los Registros de Estado civil no hubieran sido creados en la época de nacimiento del antepasado, se podrá presentar el certificado de bautismo expedido por la Parroquia y legalizado por la "Cur ia Vescovile" competente. Se subraya que las Autoridades diplomáticas/consulares no poseen ninguna lista de los italianos que emigraron a Colombia y que la búsqueda de los ascendientes estará a cargo y bajo responsabilidad de las personas interesadas. Los datos exactos y completos del ascendiente italiano (nombre, apellido, lugar y fecha de nacimiento) son indispensables para esta búsqueda. Por lugar de nacimiento se entiende el Municipio exacto en que nació y no la Provincia o la Región.
  2. Certificado del Departamento Juridico del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia que acredite la obtención o no de la ciudadanía legal colombiana.Se recuerda que a partir del 16 de agosto de 1992 el ciudadano italiano que adquiera otra ciudadanía conserva también la italiana a menos que no renuncie formalmente a la misma.
  3. Partida de matrimonio. En caso que se hubiera casado en Italia se presentará la partida expedida por el Municipio italiano competente.
  4. Partida de defunción.
  5. Para todos los descendientes en línea recta hasta el último de los solicitantes se deberán presentar en original y fotocopia:
    • partida de nacimiento;
    • partida de matrimonio;
    • partida de divorcio;
    • Partida de defunción.

No, en cuanto llegará el decreto de ciudadanía italiana se enviará un correo certificado a la dirección declarada (a través de la inscripción en el A.I.R.E.) donde será indicado el día y la hora de la juramentación.

Sí, la persona debe venir con el poder y el recibo que le fue entregado al titular en la fecha que tuvo la cita para la solicitud del pasaporte.

Para tramitar el pasaporte de un menor (niño), es necesaria la presencia del mismo, con cédula y fotocopia – a fin de realizar el reconocimiento fotográfico –, así como de ambos padres, con cédulas y fotocopias.

Es necesario pedir cita también para los menores.

Sí, se debe estar inscrito si va a permanecer un tiempo largo en Colombia (mas de un año), excepto para casos excepcionales sucedidos a turistas que hayan perdido el pasaporte.

Sí, el pasaporte biométrico cumple con todas las especificaciones para el ingreso en Estados Unidos (huella y firma digitales, chip incorporado,…).

Para viajar a USA acuerdese de inscribirse a "ESTA", la cual tiene un costo de 14 dólares y una duración de 3 años. Dicha autorización se puede descargar el formulario en la página de la Embajada de Estados Unidos.
Página en donde podrá hacer el trámite "ESTA".

La información expuesta anteriormente está sujeta a cambios, por favor verifique con la Embajada de Estados Unidos directamente.

Según la Ley colombiana los ciudadanos de doble nacionalidad (colombiana e italiana) al salir de Colombia y al regresar a Colombia deben siempre presentar a las autoridades colombianas el pasaporte colombiano.

Los menores de 18 años que viajan solos o con uno solo de los padres deben presentar también el registro civil de nacimiento con fecha de emisión no superior a los 30 días.

Hasta 6 meses antes del vencimiento.

Aquellos que deseen legalizar certificaciones (actas de estado civil, sentencias, poderes, declaraciones hechas ante notario público) emitidas por Autoridades Colombianas deberán reunir con los siguientes requisitos:

  • estar legalizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores colombiano (Apostilla del acuerdo del congreso de la Haya);
  • traducidas al italiano por un traductor oficial donde el mismo declare que la traducción en italiano es fiel a su original en idioma español.

NOTA: las certificaciones emitidas en Italia a presentarse ante las Autoridades colombianas para el reconocimiento de la ciudadanía (actas de estado civil, poderes, certificados de antecedentes penales,etc.); deben contar con la Apostilla de la Haya emitida por la Prefettura o la Procura della Repubblica de la provincia en la que fue emitido el documento.
El Consulado no es autoridad competente para la emisión de la Apostilla de La Haya.

Primero debe autenticar la firma ante el Notario, luego apostillarlo ante el Ministerio de Relaciones Exteriores Colombiano, luego traducirlo por un traductor oficial que declare que la traduccion al italiano es fiel al original en español (http://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/apostilla_legalizacion_en_linea - https://tramites.cancilleria.gov.co/ApostillaLegalizacion/directorio/Traductores.aspx) y por último volverlo a apostillar ante el Ministerio de Relaciones Exteriores Colombiano.

Enviar el texto en formato Word del abogado (o notario) vía e-mail a consolare.bogota@esteri.it con los datos de contacto de la persona. El día de la cita, la persona debe presentarse con su pasaporte, código fiscal, fotocopia del pasaporte, y con el volante de consignación por el valor correspondiente (Art. 17 Poder General, Art. 18 Poder Especial).

Es indispensable que la persona se acerque personalmente a firmar. Por tanto este tipo de trámites no se puede realizar a través de los Consulados Honorarios.

Sí, se reside en Bogotá (medico di fiducia). Si reside afuera de la capital el medico tiene que llenar el formato.

Los Requisitos para la renovación de la licencia de conducción, son los siguientes:

  • 1 foto tamaño 3x4 fondo blanco;
  • encontrarse inscrito en el A.I.R.E.;

Es importante tener en cuenta que dicha renovación es parcial por ende debe renovarla de nuevo cuando se encuentre en Italia. (No deben haber pasado mas de 3 años después del vencimiento para poder hacer la renovación).

El Documento debe venir apostillado en Italia por la Prefectura provincial italiana correspondiente a la emision del titulo y después debe ser presentado ante el Ministerio de Educación Nacional para convalidar el título.

  1. Apostillar dicho documento en Cancillería colombiana.
  2. Traducirlo al italiano por traductores oficiales (http://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/apostilla_legalizacion_en_linea - https://tramites.cancilleria.gov.co/ApostillaLegalizacion/directorio/Traductores.aspx).

    El traductor debe escribir lo siguiente: Si Dichiara che la presente traduzione eseguita da questo traduttore ufficiale è conforme al testo originale redatto in lingua spagnola.

  3. Apostillar dicho documento nuevamente en Cancillería Colombiana.

El registro y la actualización en el "A.I.R.E." (Registro de italianos residentes en el exterior) se realizan directamente en el portal "Fast It" Servicios Consulares Online después de registrarse en el siguiente enlace: https://serviziconsolarionline.esteri.it.

Para mayor información visite la página de la Embajada de Italia sobre el servicio Fast It.

La DDV es el reconocimiento del título de estudio conseguido en Instituciones oficialmente reconocidas por el Ministerio de la Educación Nacional de Colombia. Tal Declaración se puede presentar a las Instituciones escolares y de Educación Superior, públicas y privadas, en Italia.

Desde el 2 de mayo de 2019 se solicita directamente con la Embajada de Italia, previa cita online (PrenotaOnLine), entregando la documentación completa el día de la cita.

La entrega de la DDV se hará solo y cuando la documentación consignada satisfazca con los requisitos. La entrega de tal documento se confirmará por correo electrónico por parte de la Oficina responsable.

La PU es obligatoria en el caso de que quiera inscribirse a un curso de Laurea Triennale, Laurea Magistrale, Specialistica/Master Of Science, en una Universidad en Italia.

No, necesita solicitar el pase internacional en el Automóvil Club de Colombia (ACC).

Para residentes en Italia se emite en la “Azienda Sanitaria Locale” (ASL) en Italia.

Para residentes en Colombia (únicamente ciudadanos italianos e inscritos en el A.I.R.E.) están cubiertos en Italia solo por 3 meses y unicamente para servicios de URGENCIAS. Deben además presentar un documento otorgado por esta Embajada.

El veterinario le debe entregar un formulario plurilingüe (certificado de salud animal, certificado de vacunas en original y copia). Luego debe acercarse a la ventanilla del ICA (Instituto Colombiano Agropecuario) Oficina de Sanidad Aeroportuaria* Importación de mascotas, en el aeropuerto 24 hrs antes del día del viaje para la respectiva inspección. Luego de la inspección, el ICA emite un certificado de inspección animal.

*Mas información: www.ica.gov.co (descargue aquí el formulario).

Comunidad Europea, Suiza, Sudáfrica y Japón

De acuerdo con el reglamento CE 998/2003, la Comunidad Europea ha establecido los siguientes requisitos para el ingreso de animales de compañía:

  • el animal debe ser mayor de tres meses;
  • debe estar identificado con un microchip que cumpla con la norma ISO 11784 o ISO 11785, conforme al Reglamento Europeo;
  • el animal debe estar vacunado contra la rabia, tres meses antes del desplazamiento;
  • posterior de la vacunación se le debe tomar una muestra de sangre que debe ser remitida a los laboratorios certificado por la Comunidad Europea, para realizar una prueba de anticuerpos neutralizantes del virus de la rabia;
  • los resultados de dicha prueba deben presentarse ante el ICA al momento de solicitar el CIS.

Se pide directamente en Italia, en la frontera apenas se llegue a Italia.

Se redacta la solicitud en un formato que te dará la policía. Tendrás que declarar los motivos por el cual pide el status de refugiado.

La salida de Colombia de menores de edad no acompañados por sus padres es responsabilidad de las Autoridades Colombianas. Las informaciones se pueden consultar en el enlace Salida de menores del país.

 


80