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Pasaportes y documentos de identidad

Requisitos para la expedición de pasaporte y documentos a presentar para ciudadanos italianos mayores de edad y menores de edad:

  1. Ser ciudadano italiano;
  2. Estar registrado en el A.I.R.E. (Registro de Residentes Italianos en el Extranjero) como residente en el distrito consular de la Embajada de Italia en Bogotá. En caso de que el solicitante haya cambiado su domicilio de residencia, DEBE SER ACTUALIZADO a través de la plataforma «Fast It«. En caso de que no pueda cambiar su dirección en «Fast It», se recomienda que lleve a la cita pruebas de la nueva residencia;
  3. Tener documento de residencia vigente en Colombia («cédula de extranjería», o para ciudadanos italianos que lleguen de Venezuela «P.E.P.»);
  4. Para la expedición del primer pasaporte es indispensable presentar copia de un documento de identificación vigente;
  5. Puede solicitar la expedición de un nuevo pasaporte a partir de los 6 meses anteriores a la fecha de vencimiento;
  6. Si es descendiente de italianos, el pasaporte se puede solicitar solo después del reconocimiento de la ciudadanía.

Para los ciudadanos no registrados en el A.I.R.E., la Embajada debe solicitar el Nulla Osta/Poder a la Autoridad competente (Questura o Consulado italiano de residencia actual). En este caso, el pasaporte se expedirá solo después de obtener el Nulla Osta/Poder.

¿A dónde ir para sacar el pasaporte?

  • En la Embajada en lo horarios de atención al público;
  • En los Consulados Honorarios en Barranquilla (para connacionales residentes en los Departamentos del Atlántico, Cesar, La Guajira, Magdalena), en Cartagena (para connacionales residentes en los Departamentos de Bolívar, Córdoba, Sucre, San Andrés y Providencia) y en Cali (para connacionales residentes en los Departamentos de Cauca, Huila, Nariño, Putumayo y Valle del Cauca) en los «días de pasaportes«.
  • En la Agencia Consular en Bucaramanga durante las visitas del «funcionario itinerante» de la Embajada quien tomará las huellas dactilares según las fechas indicadas en la página web de la Embajada.
  • En espera de la nueva apertura del Consulado Honorario en Medellín, se realizarán visitas del “funcionario itinerante” de la Embajada quien tomará las huellas dactilares según las fechas indicadas en el sitio web de la Embajada.

Para el calendario de los «días de pasaportes«, los solicitantes deben consultar la Oficina consular honoraria competente para la circunscripción de residencia y el sitio web de la Embajada. Será posible retirar, en el Consulado Honorario competente, el nuevo pasaporte después de más o menos 4 semanas contadas a partir de la fecha de solicitud.

Documentos a presentar para la expedición del pasaporte a ciudadanos italianos mayores de 18 años:

  1. Formulario de solicitud debidamente diligenciado y firmado;
  2. Los connacionales que ya posean un pasaporte italiano deben presentar el pasaporte antiguo que será anulado en el mismo momento;
  3. Comprobante original de pago por el valor vigente, en pesos colombianos, correspondiente al art. 27 de la tabla de derechos consulares al item expedición de pasaporte (tasa administrativa + libreta) a realizar ante el Banco GNB Sudameris (cuenta # 11538667, beneficiario: Embajada de Italia siguiendo las instrucciones). Nota: Las tarifas mencionadas cambian trimestralmente, por lo tanto, verifique el monto a pagar antes de realizar la consignación.

Documentos a presentar para la expedición del pasaporte a ciudadanos italianos con hijos menores de edad:

Si el solicitante tiene hijos menores de edad, además de lo especificado anteriormente, es necesario llenar una declaración sustitutiva que acredite la ausencia de disposiciones que puedan inhibir la expedición del pasaporte (según lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto Ley nº 69 de 13 de junio de 2023).

En caso de que el hijo menor aún no esté registrado en la Embajada, es necesario presentar una copia simple (sin apostilla ni traducción) del registro civil de nacimiento del menor.

Documentos a presentar para la expedición del pasaporte a ciudadanos italianos menores de 18 años:

  1. Formulario de solicitud debidamente diligenciado y firmado por parte de uno de los padres;
  2. Los connacionales que ya posean un pasaporte italiano deben presentar su pasaporte vencido en la cita de renovación, el cual será anulado al mismo tiempo;
  3. Comprobante original de pago por el valor vigente, en pesos colombianos, correspondiente al art. 27 de la tabla de derechos consulares al item expedición de pasaporte (tasa administrativa + libreta) a realizar ante el Banco GNB Sudameris (cuenta # 11538667, beneficiario: Embajada de Italia siguiendo las instrucciones). Nota: Las tarifas mencionadas cambian trimestralmente, por lo tanto, verifique el monto a pagar antes de realizar la consignación.
  4. El acta de consentimiento firmado según las modalidades indicadas en este enlace.

Para los residentes de la Circunscripción de Bogotá, el menor debe estar presente el día de la cita y debe necesariamente estar acompañado por lo menos por uno de los padres. Los solicitantes que hayan cumplido los 12 años de edad deben acudir a la Embajada de Italia en Bogotá para que les tomen las huellas dactilares.

Para los menores de 12 años que residen en una de las Circunscripciones de competencia de los Consulados Honorarios, es posible solicitar la expedición del pasaporte a través de un Consulado Honorario. Al momento de la presentación de la documentación es obligatoria la presencia del menor en la Oficina consular honoraria.

El pasaporte expedido a un menor de edad no se debe renovar al alcanzar la mayor edad y sigue vigente hasta la fecha su vencimiento.