REPATRIACIÓN DE CUERPO O CENIZAS
La Embajada de Italia en Bogotá brinda asistencia y asesoría en caso de repatriación de cuerpos o cenizas de ciudadanos italianos fallecidos en Colombia.
Tenga en cuenta que a la repatriación antecede el envío de la documentación de la defunción del connacional al municipio italiano competente. Para registrar una defunción, consulte el enlace registrar una defunción.
Para obtener el pasaporte mortuorio el solicitante debe presentarse, sin cita previa, en la Embajada de Italia en Bogotá y aportar la siguiente documentación:
1. Certificado de la autoridad sanitaria local competente (Ministerio de Salud y Protección) que acredite que se han verificado los requisitos específicos de seguridad e higiene;
2. Certificado que acredite la muerte en un área libre de enfermedades infecciosas y endémicas;
3. Certificado de autorización para enterrar el cuerpo (o autorización para cremar);
4. Itinerario de vuelo;
5. Recibo original de pago del art. 66h de la tabla de derechos consulares.
Una vez recibida la documentación, la Embajada solicita autorización a la Alcaldía italiana para la sepultura del cuerpo o de las cenizas y para la emisión de un Pasaporte Mortuorio que deberá viajar con el cuerpo (o con las cenizas).
Este servicio puede solicitarse a través de uno de nuestros Consulados Honorarios en Colombia.