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Registrar un nacimiento

 

Registrar un nacimiento

ATENCIÓN

El padre o madre italiano, con previa cita de ESTADO CIVIL, podrá solicitar la transcripción, exclusivamente, del registro de nacimiento del hijo menor de edad, aportando la documentación solicitada para tal fin.

Para la transcripción de los registros de nacimiento de personas mayores de edad, el directo interesado deberá solicitar una cita de CIUDADANIA POR DESCENDENCIA.

REGISTRAR UN NACIMIENTO

En esta sección se explicarán las modalidades para transcribir el nacimiento de un hijo de italianos residentes en Colombia.

Los hijos de ciudadanos residentes en Colombia, o de uno de ellos, son ciudadanos italianos y su nacimiento debe ser transcrito en Italia.

En el caso de que ambos padres sean italianos y pertenezcan o sean residentes en diferentes Alcaldías – a excepción de un acuerdo entre ellos – el registro civil de nacimiento será transcrito a la Alcaldía de referencia de la madre.

DONDE SOLICITAR EL SERVICIO:

  1. presentándose personalmente en la Embajada de Italia de Bogotá (todos los solicitantes si residentes en Bogotá, solo los mayores de 18 años si residen afuera de la Capital), reservando una cita entrando en “Estado Civil” a través de la sección “Citas Consulares On line”;
  2. presentándose personalmente en uno de nuestros Consulados en Colombia, en el caso de menores de 18 años, cuyo registro de nacimiento se podrá transmitir a través de el Consulado honorario competente por residencia;
  3. Dirigiéndose directamente al propio “Comune” de inscripción AIRE (en este caso es necesario dirigirse a la Oficina de Estado Civil).

DOCUMENTOS POR PRESENTAR PARA HIJOS NACIDOS EN COLOMBIA – ver el pdf resumido.

  1. Formulario de solicitud de transcripción, debidamente diligenciado y firmado;
  2. Registro civil de nacimiento completo, en original, expedido por un Notario (Notaria) colombiano, debe tener la respectiva Apostilla, expedida por la Cancillería de la República de Colombia;
  3. Traducción del registro debidamente acompañada de la apostilla de la firma del traductor;
  4. Copias de los documentos de identidad de los padres;
  • Así los documentos incluyen anotaciones en la parte trasera de la hoja, también se deben presentar las copias correspondientes de dicha parte del documento.
  • En cuanto a los Registros de Estado Civil diligenciados en Italia, es suficiente solo la copia del relativo certificado expedido por la Alcaldía italiana, en este caso no se deben presentar los documentos mencionados en el punto b).
  • En el caso de hijos naturales, nacidos fuera del matrimonio, es necesario demostrar el reconocimiento por parte del padre. Para el padre: debe existir su reconocimiento expreso en el registro de nacimiento. Para la madre: debe llenar el formulario de la autorización materna para el reconocimiento paterno. En caso de firma concerniente el reconocimiento diligenciada en frente a un notario se tendrá que presentar también la apostilla de la firma del notario.

En caso que falte el reconocimiento paterno en el registro de nacimiento del hijo los dos padres naturales podrán subscribir el reconocimiento mutuo en la Embajada.

ATENCIÓN: Los interesados mayores de edad que soliciten la transcripción del registro del propio nacimiento, deben depositar la suma de la tarifa consular correspondiente al art.7b de la tabla de derechos consulares.

DOCUMENTOS POR PRESENTAR PARA HIJOS NACIDOS EN OTROS PAISES

  1. Formulario de solicitud de transcripción, debidamente diligenciado y firmado;
  2. Registro civil de nacimiento en original, expedido por la Autoridad competente del País de origen (no el registro expedido por la autoridad colombiana equivalente al registro extranjero) con el sello de validez formal y sustancial de la Autoridad italiana competente en el territorio donde fue expedido;
  3. Apostilla del Registro original expedido por la Autoridad competente del territorio de emisión;
  4. Traducción del Registro de Nacimiento acompañado por la declaración de conformidad del documento original y el sello de la Autoridad italiana competente del territorio de expedición del documento;
  5. Copias de los documentos de identidad de los padres.
  • Si los documentos incluyen anotaciones en la parte trasera de la hoja, se deben presentar también las copias correspondientes de dicha parte del documento.

La Embajada se encargará de enviar un e-mail al interesado confirmando la efectiva transmisión del trámite a la autoridad competente. Por lo tanto no es necesario solicitar información sobre el estado del mismo.

Por lo tanto se recomienda incluir una dirección de correo electrónico valida y comunicar eventuales actualizaciones de los datos de contacto.


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