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SALA DE ESPERA CONSULAR – INDICACIONES PARA LOS ACOMPAÑANTES.

Se informa a los usuarios que, por razones de espacio y seguridad, sólo podrán acceder a la sala de espera consular los solicitantes de servicios consulares, sin acompañante alguno. Salvo en los casos en que:

– el usuario presente certificación médica que acredite la necesidad de que el interesado esté acompañado por la persona especificada en dicha certificación

– el servicio consular sea para un menor

– el usuario solicite el acceso con un menor de 12 años

– el usuario tenga más de 70 años