Esta página web utiliza cookies técnicas y de análisis necesarias.
Al continuar navegando por esta web usted acepta el uso de cookies.

Referéndum Popular Abrogativo 8-9 de junio 2025 Voto en el extranjero por correspondencia – Instrucciones para los electores

Se informa a los electores italianos que, a partir del lunes 19 de mayo de 2025, será posible enviar a la Embajada, a través del servicio de correo Servientrega, los tarjetones relacionados con los cinco Referendos Abrogativos del 8 y 9 de junio según las modalidades descritas en el folleto informativo incluido en el paquete electoral y que se reporta a continuación en español.

Alternativamente, en la sede de la Embajada, habrá una urna donde será posible depositar el sobre verde (que contiene los tarjetones votados y el cupón electoral) en los siguientes horarios:

  • del lunes 19 de mayo al viernes 23 de mayo: de 9:00 a 17:00;
  • del lunes 26 de mayo al viernes 30 de mayo: de 9:00 a 17:00;
  • del martes 03 de junio al miércoles 04 de junio: de 9:00 a 17:00;
  • el jueves 05 de junio de 9:00 a 16:00.

INSTRUCCIONES PARA LOS ELECTORES

¿Para qué se vota?

Las preguntas del referéndum son cinco, están presentadas en cinco tarjetones distintas y tratan sobre:

  • Pregunta n.º 1: Contrato de trabajo con protección creciente – Disciplina de los despidos ilegítimos: Derogación.
  • Pregunta n.º 2: Pequeñas empresas – Despidos y la indemnización correspondiente: Derogación parcial.
  • Pregunta n.º 3: Derogación parcial de normas en materia de establecimiento de plazos en el contrato de trabajo subordinado, duración máxima y condiciones para prórrogas y renovaciones.
  • Pregunta n.º 4: Exclusión de la responsabilidad solidaria del contratante, del contratista y del subcontratista por lesiones sufridas por el trabajador dependiente de la empresa contratista o subcontratista, como consecuencia de los riesgos específicos propios de la actividad de las empresas contratistas o subcontratistas: Derogación.
  • Pregunta n.º 5: Ciudadanía italiana: Reducción de 10 a 5 años del tiempo de residencia legal en Italia del extranjero mayor de edad no comunitario para la solicitud de concesión de la ciudadanía italiana.

Votando SÍ, el elector expresa su voluntad de DEROGAR las normas citadas en la pregunta.

Votando NO, el elector expresa su voluntad de NO DEROGAR las normas citadas en la pregunta.

¿Quiénes votan en el extranjero?

Votan en el extranjero por correspondencia:

  • Los electores inscritos en el AIRE (Registro de Italianos Residentes en el Exterior) que residan en países donde las condiciones locales permitan el voto por correspondencia.
  • Los electores temporalmente en el extranjero, por lo menos tres meses, por motivos laborales, de estudio o de atención médica, que hayan presentado a la Alcaldía italiana de inscripción electoral la opción de voto en el extranjero antes del 7 de mayo de 2025, así como sus familiares convivientes en el extranjero, si han optado por esta modalidad.

¿Cómo se vota?

El voto es por correspondencia, siguiendo las modalidades indicadas en la Ley 27 de diciembre de 2001, n.º 459 y el Decreto del Presidente de la República 2 de abril de 2003, n.º 104. En particular:

  1. Las oficinas consulares envían por correo a cada elector un paquete que contiene:
    – El certificado electoral (documento que acredita el derecho al voto);
    – Cinco tarjetones electorales (uno para cada pregunta);
    – Un sobre pequeño (de color blanco);
    – Un sobre más grande, ya prepagado, con la dirección de la Embajada de Italia de Bogotá;
    – Esta hoja informativa.
  2. El elector marca su voto trazando una señal (por ejemplo, una cruz o una raya) en el rectángulo del tarjetón que contiene las palabras SI o NO, utilizando EXCLUSIVAMENTE un bolígrafo de color azul o negro.
  3. Después de expresar el voto, los tarjetones deben ser doblados y colocados en el sobre pequeño, que debe cerrarse cuidadosamente y contener exclusivamente los tarjetones electorales.
  4. En el sobre más grande prepagado (con la dirección de la Embajada de Italia de Bogotá), el elector debe incluir: el cupón electoral (después de haberlo desprendido del certificado electoral siguiendo la línea de puntos) y el sobre pequeño cerrado, que contiene los tarjetones votados.
  5. El sobre prepagado así preparado debe enviarse por correo (se puede entregar a cualquier sucursal de Servientrega a nivel nacional) sin demora, y de todas formas para que llegue a la Embajada de Italia antes de las 16:00 horas (hora local) del JUEVES 5 DE JUNIO DE 2025.
  6. Los tarjetones que lleguen después de este plazo no podrán ser escrutadas y serán destruidas.

A T E N C I Ó N

  • En los tarjetones, en el sobre blanco pequeño y en el cupón no debe aparecer ningún signo de reconocimiento.
  • En el sobre prepagado no debe escribirse el remitente.
  • El sobre blanco pequeño y los tarjetones deben ser devueltos íntegros.
  • El voto es personal, libre y secreto, y está prohibido votar más de una vez; quien infrinja las disposiciones al respecto incurrirá en las sanciones previstas por la ley. El artículo 18 de la Ley 459/2001 dispone: « Quien cometa en territorio extranjero alguno de los delitos previstos en el Texto Único de las leyes que contienen normas para la elección de la Cámara de Diputados, de conformidad con el Decreto del Presidente de la República de 30 de marzo de 1957, n.º 361, y sus modificaciones posteriores, será sancionado según la ley italiana. Las sanciones previstas en el artículo 100 del citado Texto Único, en caso de voto por correspondencia, se duplican. 2. Cualquiera que, en ocasión de las elecciones de las Cámaras y de los referendos, vote tanto por correspondencia como en la mesa electoral de última inscripción en Italia, o vote varias veces por correspondencia, será sancionado con prisión de uno a tres años y con una multa de entre 52 y 258 euros«.
  • El elector tiene la obligación de custodiar personalmente el material electoral enviado por la Embajada o el Consulado, y está absolutamente prohibido ceder el material electoral a terceros.