La ley 459/2005 sobre el ejercicio del derecho de voto en el extranjero no se aplica a las elecciones europeas, que están reguladas por la ley del 24 de enero de 1979 n.18 y siguientes.
El sistema de ejercicio del voto por correo, por lo tanto, no se aplica a las elecciones europeas: los electores italianos con derecho y residencia permanente en los Paises de la Unión Europea, de hecho, pueden ir a los colegios electorales establecidos localmente por nuestra red consular diplomática.
Los electores italianos que sean residentes en el extranjero también pueden optar, en los términos establecidos por la ley, a votar a favor de los candidatos del país de residencia; también pueden regresar a Italia, aprovechando las tarifas especiales en los viajes, y votar en la Alcaldía de residencia.