PROTECCIÓN CONSULAR Y ASUNTOS JURÍDICOS
En el marco de la protección y asistencia consular, caben además numerosas acciones en favor de ciudadanos que tienen problemas con la justicia local o que quedan involucrados en accidentes; la búsqueda de connacionales que ya no dan noticias de sí mismos; la asistencia a los padres italianos cuyo cónyuge extranjero o con doble nacionalidad se haya llevado a un hijo sin su consentimiento, llevándolo consigo al extranjero.
En caso de accidentes ocurridos en el extranjero, las Representaciones diplomático-consulares se aseguran de que los ciudadanos reciban un tratamiento médico adecuado, que los familiares estén debidamente informados y que se preste toda la asistencia posible en caso de necesidad de trasladarse a Italia.
En caso de que un connacional sea detenido en el extranjero, la Embajada puede:
- realizar visitas consulares al detenido;
- señalar un abogado;
- mantener la comunicación con los familiares en Italia;
- asegurar que el detenido tenga, cuando sea necesario y lo permita la normativa local, asistencia médica, alimentación, libros y periódicos;
- intervenir para el traslado a Italia, si el connacional está detenido en Países que adhirieron al Convenio de Estrasburgo sobre traslado de detenidos o acuerdos bilaterales ad hoc;
- intervenir, en casos particulares, para apoyar las solicitudes de indulto, con carácter humanitario.
La Embajada no puede:
- intervenir en juicio en nombre del connacional;
- pagar los honorarios legales del detenido.
SUSTRACCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES DE EDAD
El único instrumento vinculante del cual dispone el connacional padre de un menor de edad para recuperar a su hijo menor de edad es el Convenio de La Haya del 25.10.1980 (la Autoridad Central para Italia es el Departamento de Justicia de Menores del Ministerio de Justicia). En caso de inaplicabilidad de la Convención, el Ministerio cumple plenamente sus funciones institucionales modulando las intervenciones en relación con la especificidad de los casos.