El cónyuge extranjero de un ciudadano italiano puede solicitar la ciudadanía italiana (art. 5 ley n.91/92) en los siguientes casos:
- Si reside en Italia: dos años después del matrimonio;
- Si reside en el extranjero: tres años después del matrimonio.
Los términos indicados se reducen a la mitad en presencia de hijos nacidos o adoptados por los cónyuges.
Presentación de la solicitud
Para iniciar el trámite de ciudadanía, el interesado debe obligatoriamente cargar todos los documentos indicados a continuación en el portal CIVES del Ministero dell’Interno:
- formulario de solicitud de ciudadanía (Formulario AE completado automáticamente por el programa) en el cual deben figurar todas las direcciones de residencia desde los catorce años de edad, evitando dejar períodos descubiertos;
- registro civil de nacimiento original con apostilla, traducción y con apostilla de la traducción. En el registro de nacimiento debe constar la anotación del matrimonio vigente con el ciudadano/a italiano/a y las eventuales anotaciones de matrimonios y divorcios anteriores.
Si el solicitante no nació en Colombia, el acta de nacimiento debe estar apostillada y traducida en el país de origen y legalizada por el Consulado italiano en dicho país. Se recomienda verificar completamente los datos contenidos en la traducción antes de cargarla. - documento de identidad (copia del pasaporte autenticada por un notario) y copia simple (sin autenticación) del pasaporte italiano del cónyuge;
- estratto per riassunto dell’atto di matrimonio emitido por la Alcaldía italiana donde está registrado, con una fecha de emisión no anterior a seis meses al momento de la presentación de la solicitud en el portal. Si el matrimonio se celebró en el extranjero, por ejemplo en Colombia, el cónyuge italiano debe haber solicitado previamente al Consulado la transcripción del matrimonio. Atención: se debe cargar el Estratto per riassunto dell’atto di matrimonio (o, alternativamente, el Atto integrale di matrimonio), pero no será posible aceptar el Certificato di matrimonio;
- recibo de pago del aporte de 250,00 euros a pagar preferentemente con tarjeta de crédito a través de la plataforma PagoPA dentro del portal CIVES. En caso de imposibilidad de realizar el pago a través de PagoPA, es posible realizarlo mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente a nombre del MINISTERO DELL’INTERNO D.C.L.I. – CITTADINANZA – indicando como motivo del pago: Nombre, Apellido, “Naturalizzazione per matrimonio”. Las coordenadas bancarias son: código IBAN IT54D0760103200000000809020 y código SWIFT BPPIITRRXXX;
- certificado de antecedentes penales colombiano apostillado, traducido y con apostilla de la traducción, y de todos los eventuales países de residencia en los que el solicitante haya vivido desde los 14 años de edad. Los certificados penales emitidos en países diferentes a Colombia deben ser apostillados y traducidos en los países donde se emiten y legalizados por los respectivos Consulados italianos presentes en esos países. Los certificados penales no deben tener una antigüedad superior a 6 meses al momento de la presentación de la solicitud en el portal. La persona que haya residido en los Estados Unidos debe presentar tanto el certificado de antecedentes penales federal como el de cada Estado donde haya residido (también apostillados, traducidos y legalizados). Se invita a verificar integralmente los datos reportados en las traducciones antes de cargarlas;
- Certificado de Conocimiento de la lengua italiana no inferior al nivel B1 del Marco común de referencia para las lenguas.
El conocimiento de la lengua italiana se podrá demostrar cargando uno de los siguientes documentos:- Certificado emitido por una de las siguientes instituciones certificadoras:
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- Università per stranieri di Siena;
- Università per stranieri di Perugia;
- Università Roma Tre;
- Società Dante Alighieri.
Los solicitantes deben presentar el certificado definitivo, provisto de un código QR. NO será válido el documento que solo muestre el resumen de las pruebas de examen.
- Título de estudios emitido por una institución de educación pública o paritaria reconocida por el Ministero dell’Istruzione, dell’Università e della Ricerca y por el Ministero degli Affari Esteri e della Cooperazione internazionale.
Aceptación de la solicitud
Después de cargar la solicitud en el portal CIVES, el Consulado procederá a verificar la documentación y, si es correcta, el solicitante recibirá dos correos electrónicos:
- aviso de inicio del procedimiento;
- convocatoria a presentarse en la Embajada para entregar la documentación original.
Una vez recibido dichos correos electrónicos, el solicitante podrá acudir a la Embajada en los horarios de atención al público y entregar los siguientes documentos:
- la impresión de la última página del Formulario AE (ya completamente completado y generado por el portal CIVES), sobre el cual deberá firmar en presencia del funcionario consular que procederá a autenticar la firma;
- los originales de los documentos cargados en el portal;
- el recibo de pago del art. 24, cuyo importe se puede consultar en la tabla de tarifas consulares.
El código identificativo de la solicitud, que se asigna automáticamente al momento de la aceptación de la solicitud por parte de la Embajada y se comunica al solicitante, permite controlar el estado de la solicitud personalmente a través del enlace http://www.libertaciviliimmigrazione.dlci.interno.gov.it/it/servizi-online.
La Embajada no puede realizar dicha verificación que solo puede ser realizada directamente por el interesado a través del portal.
Examen de la solicitud por los Ministerios italianos competentes
Desde el momento de la entrega de los documentos originales en la Embajada, la solicitud de ciudadanía será examinada por los Ministerios de Asuntos Exteriores y del Interior.
Emisión del decreto y convocatoria al juramento
En caso de resultado positivo, se emitirá un decreto de concesión de la ciudadanía dentro de los 3 años y la Embajada procederá a comunicar al interesado la fecha del juramento y la documentación a presentar mediante comunicación enviada dentro del portal CIVES, siempre que, mientras tanto, no se haya producido la disolución, anulación o cesación de los efectos civiles del matrimonio. Por este motivo, es importante que el cónyuge italiano mantenga siempre actualizada la dirección del núcleo familiar comunicando cualquier cambio a través de la plataforma FAST IT.