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Visa de estudio del idioma italiano y/o de otros cursos

Para obtener informaciones generales sobre esta tipología de VISA visitar la siguiente página web del Gobierno Italiano: vistoperitalia.esteri.it

¿Para qué sirve y quién la puede solicitar?

A. Esta visa permite ingresar a Italia a los ciudadanos extranjeros que desean perfeccionar, el conocimiento del idioma italiano a partir del nivel B2. Las solicitudes de quienes no tienen absoluto conocimiento del idioma italiano no serán recibidas.

B. Permite además ingresar a quienes desean perfeccionar el conocimiento de otro tipo de estudios/cursos (Ej. Moda-Arte-Cocina-Etc) siempre y cuando dicho curso represente una prosecución de los estudios previos ya obtenidos en Colombia. (Estos requisitos no aplican para la visa de Estudio Universitario, de Intercambio, de Post-Grado).

La visa se puede solicitar con seis meses de antelación a la fecha de inicio del curso y hasta 15 días laborales antes de la fecha de inicio del curso.

Tipo de la visa: «D» visa de larga duración (desde 90 a 365 días).

REQUISITOS: El expediente de solicitud de visa debe ser presentado según el estricto orden abajo indicado.

1. Formulario de solicitud de visa Nacional debidamente diligenciado en todos sus campos y firmado.

2. Dos fotografías (3 cm x 4 cm), fondo blanco a color (iguales y recientes) de las cuales una pegada al formulario en el recuadro correspondiente.

3. Pasaporte vigente (con validez de mínimo 3 meses más de la duración de la visa) con mínimo dos páginas libres y copia simple del mismo (solo de la página del pasaporte que contiene los datos personales del titular).

4. Pago de los derechos consulares (traer el original de la consignación realizada al Banco GNB Sudameris, Cuenta Corriente n. 11538667 Art. 29).

5. Cédula colombiana – para los extranjeros cédula de extranjería y visa colombiana – vigente (en ambos casos solo copia ampliada y legible).

6. Certificado de inscripción en italiano del Instituto/Academia que dictará el curso de idioma italiano (o de otro curso elegido) con la descripción del nivel (básico/intermedio/avanzado) que se quiere cursar, la fecha de inicio, la duración (en días) o, en su defecto, la fecha de finalización del curso y las horas diarias del curso (1 Original + 1 copia). En caso de asistir a un curso de idioma italiano la certificación deberá también incluir el nivel inicial y final del curso.

7. Para otros cursos diferentes del idioma italiano (vea punto B) el solicitante debe presentar el certificado de inscripción (véase punto 6), en el cual se indique también el idioma en el que será dictado el curso, y la documentación de estudio conseguida anteriormente en Colombia, debidamente apostillada, donde se demuestre haber ya conseguido un conocimiento del estudio que desea ir a perfeccionar en Italia.

8. Declaración de Valor (no necesaria para cursos de italiano): copia simple emitida por la Oficina correspondiente de la Embajada de Italia. Los estudiantes que no requieran Declaración de Valor, deben previamente contactar a la Oficina de Estudios de la Embajada de Italia al correo: estudios.iicbogota@esteri.it para solicitar la verificación de sus títulos de estudios y obtener la «LUZ VERDE» que deberán presentar el día de la presentación de la solicitud de la visa de estudios. La «LUZ VERDE» no es necesaria para cursos de italiano. La Oficina de Estudios evaluará caso por caso si hay necesidad de cita presencial en el caso de los estudiantes que requieran de «LUZ VERDE».

9. Demostración de disponibilidad de medios económicos, (por toda la duración del curso de estudios) que debe ser constante en el tiempo (no de último momento) y estar disponible el día de la presentación de la solicitud de visa según los valores indicados en la Tabella A anexa a la Directiva del Ministerio del Interior Italiano con fecha del 01.03.2000 que prevé la disponibilidad del siguiente importe mínimo: 206,58 Euro base + 27,89 Euro x cada día de la duración del curso, ejemplo: para cursos de 365 días: 27,89×365+206,58=10.386,43 euros) demostrables a través de una de las siguientes opciones:

  • a. Disponibilidad de una cuenta bancaria a nombre del estudiante o de los padres en un Banco italiano/U.E. Dicha disponibilidad debe demostrarse a través de los extractos bancarios de la/las cuenta/s de los últimos seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de visa (original, debidamente sellado por el Banco emisor – no se admiten documentos descargados por internet sin los criterios antedichos). NO SE ADMITE LA SOLA DECLARACIÓN DEL BANCO DEL SALDO ACTUAL DE LA CUENTA NI TAMPOCO SOPORTE DE TARJETA DE CRÉDITO. EN CASO DE NO ESTAR DISPONIBLES LOS ÚLTIMOS EXTRACTOS SE SOLICITA PRESENTAR LOS MOVIMIENTOS BANCARIOS CON SALDO DISPONIBLE A LA FECHA.
  • b. Disponibilidad de una cuenta bancaria a nombre del estudiante o de los padres en un Banco en el país de residencia. Dicha disponibilidad debe demostrarse a través de los extractos bancarios de la/las cuenta/s de los últimos seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de visa. Se deben presentar los originales debidamente sellados por el Banco emisor – no se admiten documentos descargados por internet sin los criterios antedichos). NO SE ADMITE LA SOLA DECLARACIÓN DEL BANCO DEL SALDO ACTUAL DE LA CUENTA NI TAMPOCO SOPORTE DE TARJETA DE CRÉDITO. EN CASO DE NO ESTAR DISPONIBLES LOS ÚLTIMOS EXTRACTOS SE SOLICITA PRESENTAR LOS MOVIMIENTOS BANCARIOS CON SALDO DISPONIBLE A LA FECHA.
  • c. Cuando los padres se hagan cargo de los gastos: carta de compromiso de los padres firmada ante una Notaría Pública + los extractos bancarios de la/las cuenta/s de los padres de los últimos seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de visa (presentados en original, debidamente sellados por el Banco emisor. Nota: En este caso es necesario presentar también copia simple y legible del Registro civil de nacimiento del solicitante de la visa que demuestre la filiación. NO SE ADMITE LA SOLA DECLARACIÓN DEL BANCO DEL SALDO ACTUAL DE LA CUENTA NI TAMPOCO SOPORTE DE TARJETA DE CRÉDITO. EN CASO DE NO ESTAR DISPONIBLES LOS ÚLTIMOS EXTRACTOS SE SOLICITA PRESENTAR LOS MOVIMIENTOS BANCARIOS CON SALDO DISPONIBLE A LA FECHA.
  • d. En el caso que exista una BECA proporcionada por entidades reconocidas (ej. Universidad, Colfuturo, Colciencias, Icetex, etc) la carta de la Entidad debe indicar el nombre del becado, la finalidad de la beca y el exacto monto asignado en pesos colombianos; debe ser firmada por el responsable de la Entidad otorgante y acompañada por la fotocopia de la cédula del/l mismo/a.
  • e. La Embajada se reserva la aceptación de movimientos bancarios de cuentas activas en un País que no sea Colombia o U.E.

10. Demostración del conocimiento del idioma italiano  demostrable a través de certificado/s de curso/s del idioma italiano efectuados en Colombia indicando el nivel de conocimiento obtenido, mínimo B1.

11. Para otros cursos (que no sean de idioma italiano – vea punto B); si estos son dictados en inglés deberá presentar certificación oficial nivel B2 expedida exclusivamente por una de las tres siguientes entidades TOEFL, MICHIGAN, IELTS. La certificación no puede tener fecha anterior a los dos años anteriores a la fecha de radicación de la solicitud de visa.

12. Demostración de disponibilidad de alojamiento a través de unas de las siguientes opciones:

a. Reserva de hotel/residencia que cubra los primeros 10 días a partir de su llegada a Italia.
b. Carta de invitación emitida por parte de un ciudadano italiano/europeo o extranjero regularmente residente en Italia (ver formato).

13. Seguro médico con cobertura de Euro 30.000 en los Estados Schengen por los primeros 10 días a partir de su salida.

14. Reservación de vuelo de ida y vuelta con destino final Italia (copia) y demostración de disponibilidad de medios económicos para adquirir el tiquete de regreso a Colombia en caso de que se exhiba solo el de ida. Se especifica que el viaje debe ser realizado máximo 8 días antes del inicio del curso. No se recibirán solicitudes con fechas de viaje anteriores.

NOTAS:

  • El trámite es estrictamente personal. La Embajada no ha autorizado ninguna agencia ni intermediario para los tramites de visa.
  • La carta de inscripción al Curso indicada en el punto 6 (de Idiomas) y 7 (de Otros cursos), así como la carta de invitación (punto 12b) deben siempre estar acompañadas por la copia del documento de identidad del declarante con la firma visible y copia del Permiso de estadía (Permesso di Soggiorno) vigente si el anfitrión fuera un ciudadano extranjero regularmente residente en Italia.
  • El certificado de los puntos 6 y 7 debe siempre estar acompañado por la copia del documento de identidad del titular o apoderado de la academia de idiomas u otra que haya emitido el certificado.
  • No se aceptan garantías económicas de terceras personas residentes en Italia o en el exterior que no sean familiares cercanos indicados en el punto 9c.
  • La falta de alguno de los documentos podría implicar el rechazo en la ventanilla de la solicitud de visa. La misma NO PODRÁ SER ACEPTADA si el pago de los derechos consulares no se ha consignado previamente en su totalidad directamente en el banco (ver tarifas consulares).
  • La Embajada de Italia se reserva el derecho de verificar el nivel del conocimiento del idioma italiano y pedir otro tipo de documentación que estime necesaria.
  • La Embajada de Italia se reserva el derecho de solicitar la documentación adicional que estime necesaria a través del documento denominado “Preavviso di Rigetto” que se podría emitir unos días después de haber examinado la solicitud de visa.
  • La visa (si es otorgada), podrá ser concedida con una fecha de entrada a Italia pocos días antes que empiecen los estudios, así como indicado en la carta del Instituto o Academia Italiana (vea punto 6 – 7). Quienes deseen entrar a Italia antes de esa fecha podrán hacerlo como turistas (sin Visa) por un máximo de 3 meses si su nacionalidad está exenta a solicitar la Visa de turismo.
  • Siendo la Visa una concesión, aun presentando todos los documentos requeridos, la misma puede ser otorgada o rechazada. En este último caso será entregado el “Provvedimento di Diniego”.
  • Si la Visa es otorgada, el titular de esta, una vez que llegue a Italia, deberá solicitar en los primeros ocho días hábiles, el Permiso de Estadía (Permesso di Soggiorno) ante las Autoridades italianas competentes.