Para obtener informaciones generales sobre esta tipología de VISA visitar la siguiente página web del Gobierno Italiano: vistoperitalia.esteri.it
¿Para qué sirve y quién puede utilizarla?
Esta visa permite ingresar a los ciudadanos extranjeros residentes en Colombia que deban realizar una pasantía que les permita completar una carrera profesional. Las pasantías son promovidas por sujetos acreditados ante las disciplinas regionales en materia de pasantías extracurriculares y de orientación.
La visa se puede solicitar con seis meses de antelación a la fecha de inicio de la pasantía y hasta 15 días laborales antes de la fecha de inicio de la misma.
Tipo de la visa: «D» visa de larga duración (mayor de 90 días hasta 365 días).
REQUISITOS: Se deben presentar a la Embajada en el estricto orden abajo indicado:
- Formulario de solicitud de visa Nacional debidamente diligenciado en todos sus campos y firmado.
- Dos fotografías (3 cm x 4 cm), fondo blanco a color (iguales y recientes) de las cuales una pegada al formulario en el recuadro correspondiente.
- Pago de los derechos consulares (presentar el original de la consignación realizada al Banco GNB Sudameris, Cuenta Corriente n. 11538667 Art. 29-Visa de estudio).
- Pasaporte vigente (con validez de mínimo 3 meses más de la duración de la visa) con mínimo dos páginas libres y copia simple del mismo (sólo de la página del pasaporte que contiene los datos personales del titular).
- Cédula colombiana – para los extranjeros cédula de extranjería y visa colombiana – vigente (en ambos casos copia ampliada y legible).
- Proyecto Formativo aprobado y sellado por la Región competente (“Assessorato” Regional) que incluya una póliza contra accidentes laborales INAIL y una de responsabilidad civil. (Original y copia)
- “Luz Verde” otorgada por la Oficina de Estudios de la Embajada de Italia. Los interesados deberán contactar previamente a la Oficina de Estudios de la Embajada de Italia al correo electrónico: estudios.iicbogota@esteri.it para solicitar la verificación de sus títulos de estudios y obtener la «Luz Verde» que deberán presentar el día de la presentación de la solicitud de su visa. La Oficina de Estudios evaluará caso por caso si hay necesidad de cita presencial.
- Certificación oficial nivel B2 del idioma en el que se realizará el curso, si el curso de estudios es dictado en italiano, tal certificado deberá ser emitido por una de las siguientes entidades: Instituto Italiano de Cultura; CILS; CELI; PLIDA. De todas formas, la Embajada de Italia se reserva el derecho de verificar el nivel del conocimiento del idioma italiano durante la entrevista y pedir otro tipo de documentación adicional que considere necesaria. Por el contrario, si el curso de estudios es dictado en inglés, el certificado deberá ser emitido exclusivamente por una de las tres siguientes entidades: TOEFL IBT, MICHIGAN, IELTS. En ambos casos la certificación no puede tener fecha anterior a los dos años anteriores a la fecha de radicación de la solicitud de visa.
- Demostración de disponibilidad de medios económicos (por la duración del primer año académico), que debe ser constante en el tiempo (no de último momento) y estar disponible en su totalidad el día de la presentación de la solicitud de visa según los valores indicados en la Tabella A anexada a la Directiva del Ministerio de Interior Italiano de fecha 01.03.2000 que prevé la disponibilidad del siguiente importe mínimo: 206,58 Euro base + 27,89 Euro x cada día de la duración del curso, ejemplo: para cursos de 365 días: 27,89×365+206,58=10.386,43 euros) demostrables a través de una de las siguientes opciones:
- Disponibilidad de una cuenta bancaria a nombre del estudiante o de los padres* en un Banco italiano/U.E** con información actualizada. Dicha disponibilidad debe demostrarse a través de los extractos bancarios de la/las cuenta/s de los últimos seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de visa (original, debidamente sellado por el Banco emisor – no se admiten documentos descargados por internet sin los criterios antedichos). En caso de no estar disponibles los extractos del último periodo, se solicita presentar además del certificado de los movimientos bancarios de los periodos que no cuenten con extracto bancario, el certificado del saldo disponible a la fecha de la/s cuenta/bancaria/s. No se admite soporte de tarjeta de crédito.
- Disponibilidad de una cuenta bancaria a nombre del estudiante o de los padres* en un Banco en Colombia** con información actualizada. Dicha disponibilidad debe demostrarse a través de los extractos bancarios de la/las cuenta/s de los últimos seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de visa (original, debidamente sellado por el Banco emisor – no se admiten documentos descargados por internet sin los criterios antedichos). En caso de no estar disponibles los extractos del último periodo, se solicita presentar además del certificado de los movimientos bancarios de los periodos que no cuenten con extracto bancario, el certificado del saldo disponible a la fecha de la/s cuenta/bancaria/s. No se admite soporte de tarjeta de crédito.
* Cuando los padres se hagan cargo de los gastos: carta de compromiso de los padres firmada ante una Notaría Pública y copia simple y legible del Registro civil de nacimiento del solicitante de la visa que demuestre el parentesco. - En el caso que exista una beca proporcionada por entidades reconocidas (ej. Universidad, Colfuturo, Colciencias, etc.) la carta de la Entidad debe indicar el nombre del becado, la finalidad de la beca y el monto exacto asignado; debe ser firmada por el responsable de la Entidad otorgante y acompañada por la fotocopia de la cedula del/a mismo/a.
**Se precisa que la Embajada de Italia se reserva la aceptación de documentación de cuentas bancarias activas en un País que no sea Colombia o la U.E.
- Demostración de disponibilidad de alojamiento a través de una de las siguientes opciones:
- Reserva de hotel/residencia que cubra las primeras 10 noches a partir de su llegada a Italia
- Carta de invitación emitida por parte de un ciudadano italiano/europeo o extranjero regularmente residente en Italia (ver formato).
- Seguro médico con cobertura de Euro 30.000 en los Estados Schengen para asistencia médica, traslado sanitario y repatriación funeraria, mínimo durante los primeros 10 días a partir de su salida del país.
- Reserva de vuelo de ida y vuelta con destino final Italia y demostración de disponibilidad de medios económicos para adquirir el tiquete de regreso a Colombia en el caso en que se exhiba solo de ida. Se precisa que el viaje debe ser realizado máximo 8 días antes del inicio de la pasantía.
NOTAS:
- La solicitud de visa deberá ser presentada de manera presencial por el interesado.
- Se reciben solicitudes de visa únicamente de personas residentes en Colombia.
- El trámite es estrictamente personal. La Embajada no ha autorizado a ninguna agencia ni intermediario para los tramites de visa.
- La falta de alguno de los documentos podría implicar el rechazo en la ventanilla de la solicitud de visa. La misma no podrá ser aceptada si el pago de los derechos consulares no se ha consignado previamente en su totalidad en el banco (ver tarifas consulares).
- La carta de invitación (punto 10b) debe estar siempre acompañada por la copia del documento de identidad del declarante con la firma visible y copia del Permiso de estadía (Permesso di Soggiorno) vigente si el invitante fuera un ciudadano extranjero regularmente residente en Italia.
- No se aceptan garantías económicas de terceras personas residentes en Italia o en el exterior que no sean familiares cercanos indicados en el punto 9.
- La Embajada de Italia se reserva el derecho de verificar el nivel del conocimiento del idioma italiano y pedir otro tipo de documentación que estime necesaria.
- La visa (si es otorgada), podrá ser concedida con una fecha de entrada a Italia pocos días antes del inicio de la pasantía, así como indicado en el Proyecto Formativo. Quienes deseen entrar a Italia antes de esa fecha podrán hacerlo como turistas (sin Visa) por un máximo de 3 meses si su nacionalidad está exenta de solicitar la Visa de turismo.
- Siendo la Visa una concesión, aun presentando todos los documentos requeridos, la misma puede ser otorgada o rechazada. En este último caso será entregado el “Provvedimento di Diniego”.
- Si la Visa es otorgada, el titular de esta, deberá solicitar dentro de los primeros ocho días hábiles del ingreso a Italia, el Permiso de Estadía (Permesso di Soggiorno) ante las Autoridades italianas competentes.