Para obtener informaciones generales sobre esta tipología de VISA visitar la siguiente página web del Gobierno Italiano: vistoperitalia.esteri.it
Se recuerda que los ciudadanos colombianos están exentos de solicitar la visa cuando viajen al espacio Schengen por razones de turismo/negocios/misión/competencia deportiva/estudio/invitación, por un máximo de 90 días en el arco temporal de 180 días. La contabilización de los días empieza el primer día de entrada en el espacio Schengen (lo comprueba el sello en el pasaporte).
Se precisa que la competencia al ingreso en el territorio es únicamente de las Autoridades de frontera, las cuales pueden solicitar documentos que justifiquen el viaje tales como: tiquete de ida y regreso, seguro médico internacional válido para los Estados Schengen con cobertura mínima de 30.000 euros y con fechas coherentes a las del viaje, demostración de la disponibilidad de alojamiento para todo el período de permanencia y disponibilidad de medios de subsistencia.
¿Para qué sirve y quién la puede solicitar?
Esta visa permite al viajero ingresar y viajar en todo el territorio Schengen (*) por motivos de turismo/Visita Familiar. Actualmente los países que adhieren al tratado Schengen son los siguientes:
(*) Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía, Suecia, Suiza.
Nota: Si el viajero visita varios países Schengen la visa se debe solicitar ante la Embajada del país donde se pasará más tiempo. A paridad de tiempo se debe solicitar la visa en la Embajada del país de primera entrada en Europa.
La visa se puede solicitar con seis meses de antelación a la fecha de viaje y hasta 15 días laborales antes de la fecha de viaje.
Tipo de la visa: “C” Visa de corta duración, estadía hasta máximo 90 días en el arco temporal de 180 días.
REQUISITOS: Se deben presentar a la Embajada en el estricto orden abajo indicado.
- Formulario de solicitud de visa Schengen debidamente diligenciado en todos sus campos y firmado.
- Dos fotografías (3 cm x 4 cm), fondo blanco a color (iguales y recientes) de las cuales una pegada al formulario en el recuadro correspondiente.
- Pago de los derechos consulares (presentar el original de la consignación realizada al Banco GNB Sudameris, Cuenta Corriente n. 11538667 Art. 29, no se aceptan copias o transferencias bancarias directas).
- Pasaporte vigente (con validez de mínimo 3 meses más de la duración de la visa) con mínimo dos páginas libres y copia simple del mismo (sólo de la página del pasaporte que contiene los datos personales del titular).
- Cédula colombiana – para los extranjeros cédula de extranjería y visa colombiana – vigente (copia ampliada y legible).
- Reservas de hotel y programa del viaje en el territorio Schengen – claro y legible.
- Sólo en caso que tenga la invitación de un ciudadano italiano y/o europeo o de un ciudadano/a extranjero/a regularmente residente en Italia, se debe presentar la Carta de invitación escrita y firmada por la persona que la está invitando según las indicaciones de ley (ver formato).
- Demostración de disponibilidad de medios económicos según los valores indicados en la Tabella A anexada a la Directiva del Ministerio de Interior Italiano de fecha 01.03.2000, mediante extractos bancarios de cuentas de ahorro y/o corriente de los últimos seis meses, así como de sus tarjetas de crédito nacionales e internacionales, si la hubiera (originales) sellados por el banco. En caso de no estar disponibles los extractos del último periodo, se solicita presentar además del certificado de los movimientos bancarios de los periodos que no cuenten con extracto bancario, el certificado del saldo disponible a la fecha de la/s cuenta/bancaria/s.
- Carta de presentación de su empleador indicando el tiempo de servicio, cargo, sueldo y período vacacional o licencia concedida, asimismo deberá presentar los seis últimos desprendibles de pago de nómina. En caso de ser empresarios y/o profesionales, adjuntar copia del RUT, Declaración de renta del año inmediatamente anterior, así como los movimientos bancarios de su empresa de los seis últimos meses en original.
- Si el solicitante de la visa de turismo no puede demostrar la disponibilidad económica personal (por ser menor, estudiante, ama de casa, jubilado, etc.), la persona que se hace cargo de su manutención, (padre, madre, esposo, hijo/a), deberá redactar una carta de compromiso a cubrir los gastos en el espacio Schengen firmada ante una Notaría, con copia de su documento de identidad y, según sea el caso, el registro civil de matrimonio o nacimiento para demostrar el vínculo familiar. (Adjuntar información financiera sobre sus ingresos económicos como se indica en el punto 8). Los jubilados deberán presentar sus seis últimos recibos de pago y/o eventualmente algún otro documento que justifique sus ingresos económicos (original y copia).
- Los estudiantes deberán presentar un certificado de estudios y de notas (original) aún si se encuentran de vacaciones. En el caso en que viajen durante periodo escolar, deberán presentar la autorización del Colegio/Universidad para ausentarse de las clases.
- Seguro de viaje de asistencia médica válida para el espacio Schengen con la siguiente cobertura:
- Asistencia médica por enfermedad: cobertura mínima de 30,000 euros.
- Asistencia médica por accidentes: cobertura mínima de 30,000 euros.
- Repatriación: cobertura mínima de 30,000 euros.
La empresa de seguro debe contar con un representante/sucursal en Europa. El seguro de viaje no puede tener un deducible. Este seguro debe ser válido por la duración de la visa.
- Reserva de vuelo de ida y vuelta con eventuales reservas aéreas/trenes/buses/alquiler de carros para traslados dentro del espacio Schengen.
NOTAS:
- La solicitud de visa deberá ser presentada de manera presencial por el interesado.
- Se reciben solicitudes de visa únicamente de personas residentes en Colombia.
- El trámite es estrictamente personal. La Embajada no ha autorizado a ninguna agencia ni intermediario para los tramites de visa.
- Para menores de 18 años que viajan con los padres, se solicita la presencia de ambos padres en la Embajada, así como copia del registro civil de nacimiento del menor.
- En caso de que el menor viaje solo o con solo uno de los padres, se debe adjuntar la respectiva autorización de salida del país apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (original y copia).
- La falta de alguno de los documentos podría implicar el rechazo en la ventanilla de la solicitud de visa. La misma no podrá ser aceptada si el pago de los derechos consulares no se ha consignado previamente en su totalidad en el banco (ver tarifas consulares).
- La Embajada de Italia se reserva el derecho de solicitar otro tipo de documentación que estime necesaria.
- Siendo la Visa una concesión, aun presentando todos los documentos requeridos, la misma puede ser otorgada o rechazada. En este último caso será entregado el “Provvedimento di Diniego”.