Las sentencias de divorcio o las actas notariales de divorcio ejecutadas en el extranjero NO son automáticamente válidas en Italia, deben ser transcritas en la Oficina del Registro Civil de la Alcaldía en donde se registra el relativo certificado de matrimonio. El interesado/a debe estar residiendo en Colombia.
Para solicitar el registro de divorcio se debe presentar uno de los siguientes documentos:
- o la sentencia, que debe ser «juzgado final» y debe indicar «fin de los efectos civiles del matrimonio»;
- o la escritura notarial (expedida en común acuerdo entre las personas para la cesación del matrimonio).
DÓNDE SOLICITAR EL SERVICIO
- presentándose personalmente en la Embajada de Italia en Bogotá durante las horas de recepción al público;
- al presentarse personalmente en una de nuestras Oficinas Honorarias en Colombia;
- comunicándose directamente con el registro de su Alcaldía de inscripción en el AIRE (en este caso es necesario comunicarse con la Oficina de la Alcaldía de la Registraduría Civil).
1. DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA EL DIVORCIO EN COLOMBIA
- Formulario de solicitud de transcripción, debidamente diligenciado y firmado;
- Declaración que sustituye la escritura pública;
- Acta de divorcio original completa (Sentencia del Tribunal o Acta Notarial) con Apostille, expedida por la Cancillería de la República de Colombia;
- Traducción íntegra de la escritura debidamente acompañada de la apostilla de la firma del traductor;
- Copia del pasaporte italiano vigente del declarante.
2. DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA DIVORCIO EN OTROS PAÍSES
- Formulario de solicitud de transcripción, debidamente diligenciado y firmado;
- Acta de divorcio (Sentencia del Tribunal o Acta Notarial) en original emitido por la Autoridad competente del País de origen (no se aceptan actas expedidas por las Autoridades colombianas con base en un acta de otro País, con el sello de validez formal y sustancial puesto por la Autoridad italiana competente en el territorio del País que expidió la Escritura;
- Apostille de la Escritura original expedida por la Autoridad competente en el territorio del País que expidió la Escritura;
- Traducción de la Escritura acompañada por la declaración de conformidad con el original colocada por la Autoridad italiana competente en el territorio de expedición de la Escritura;
- Fotocopias de los documentos de identidad de los cónyuges.
Si los documentos tienen escritos o anotaciones en el reverso de la hoja, deberán presentarse también fotocopias del reverso de la citada hoja.
La Embajada enviará un correo electrónico al interesado sobre la efectiva transmisión de la solicitud a la Autoridad competente. Por lo tanto, no es necesario solicitar información sobre el estado del trámite, ya que es responsabilidad de otras Autoridades.
Se recomienda que proporcionen una dirección de correo electrónico válida y comuniquen cualquier actualización al respeto.