CONDUCIR EN ITALIA CON LICENCIA EXTRANJERA
Los titulares de licencia de conducción expedido por un Estado no perteneciente a la UE pueden conducir en territorio italiano, siempre que no hayan residido en Italia durante más de un año y que, junto con el mismo permiso, tengan un permiso internacional o una traducción oficial en italiano de la citada licencia.
La licencia de conducción y el permiso internacional deben estar vigentes.
La Autoridad colombiana responsable de expedir el permiso internacional es el Automóvil Club de Colombia.
EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO DE RENOVACIÓN DE LA LICENCIA ITALIANA DE CONDUCCIÓN
Tenga en cuenta que pueden presentar la solicitud de renovación solo los titulares de la licencia de conducción italiana, independientemente de su nacionalidad y A.I.R.E. (Registro de Italianos Residentes en el Extranjero) siempre que residan en el Estado donde se presenta la solicitud, por un período de al menos 6 meses, y cuya licencia no esté vencida desde más de 5 años.
Tenga en cuenta que en caso de robo o pérdida de la licencia de conducción, no se expedirá un duplicado.
Previo a la emisión del certificado de renovación de licencia por parte de los interesados, deberán realizar un examen médico con el médico de confianza de esta Embajada, para obtener el certificado relativo.
Para obtener más información sobre los médicos de confianza, consulte el siguiente enlace: Medici di fiducia e di riferimento dell’Ambasciata – Ambasciata d’Italia Bogotà (esteri.it)
El interesado deberá presentarse en la Embajada en horario de recepción de público y presentar la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud;
- Original del recibo de pago de los derechos consulares (ver tabla de tarifas art. 66D);
- Original del Certificado Médico emitido por el médico de confianza durante la visita con sello y firma;
- Original y copia de la licencia de conducir;
- Copia de un documento de identificación válido.
Tenga en cuenta la obligación, dentro de los seis meses posteriores a la recuperación de la residencia en Italia, de renovar el permiso de conducir según el procedimiento ordinario establecido en el párrafo 8 del art. 126 del Código de Circulación, incluso si la renovación realizada por la Autoridad diplomático-consular italiana sigue siendo válida.
Siempre será necesario conservar el certificado junto con el permiso de conducción y, en particular, mostrarlo para realizar el examen médico de confirmación de validez en Italia para demostrar al médico examinador que la renovación se ha realizado en el extranjero y, por lo tanto, para demostrar la ausencia de períodos de inactividad para conducir.